PRINCIPIOS SUPERIORES

1.   Fomentar, recibir, proteger, administrar  e invertir bajo la dirección y responsabilidad de los Asociados, el ahorro sistemático de sus Asociados y el aporte del patrono, a los fines de obtener los mejores y más seguros beneficios sociales. 
2.   Fomentar entre sus Asociados la práctica consuetudinaria del ahorro y estimular en ellos la formación de hábitos de economía y previsión social. 
3.   Conceder préstamos a sus Asociados en forma oportuna, a intereses razonables, en las condiciones determinadas en los presentes Estatutos y en el Reglamento de Préstamos, Retiros de Haberes, Mutuo Auxilio y Montepío que forma parte de estos Estatutos. 
4.   Facilitar a sus Asociados la adquisición de vivienda propia principal o recreacional mediante créditos pertinentes conforme a las posibilidades de la Asociación y lo dispuesto en la Ley de Cajas de Ahorro, Fondos de Ahorro y Asociaciones de Ahorro Similares, la Ley de Hábitat y Vivienda y el Reglamento de Préstamos, Retiros de Haberes, Mutuo Auxilio  y Montepío que forma parte de estos Estatutos. 
5.   Establecer servicios de mutuo auxilio y seguros de hospitalización cirugía y maternidad para cubrir necesidades imprevistas y derivadas del fallecimiento, incapacidad parcial o total, enfermedad, accidentes o cualquiera otra eventualidad que afecte al Asociado. 
6.   Fomentar actividades recreacionales para los Asociados y su grupo familiar.

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